Es el órgano superior encargado de establecer las
políticas generales del CCA, se integra por doce
miembros: once profesionales (siete de los cuales son designados,
uno por cada país centroamericano y los otros cuatro
a nivel regional, uno por cada sector:
1.
Académico-estatal,
2. Académico-privado,
3. Gubernamental,
4. Profesional) y
5. Un (a) estudiante destacado (a) (escogido (a)
por el propio Consejo a propuesta de las asociaciones
estudiantiles).
Las personas representantes del Consejo son designados
por períodos de cuatros años, a excepción
de la persona que representa al sector estudiantil quien
ejerce el cargo durante dos años. Se podrán
renovar en forma alterna, pudiendo ser elegidos nuevamente.
Cada una de las personas titulares cuenta con una primera
y segunda suplencia, quienes sólo podrán
actuar en ausencia calificada de la o el titular.
Instancia de seguimiento que apoya al CCA y se encarga
de velar por el cumplimiento del convenio que lo origina.
La Junta de Coordinación y Seguimiento está integrada
por dos representantes de cada uno de los sectores que
suscriben el Convenio, siendo estos:
•Consejo Superior
Universitario Centroamericano
•Conjunto de universidades privadas participantes
del Convenio o signatarias
•Coordinación
Educativa y Cultural Centroamericana y
•Confederación
de Entidades Profesionales Universitarias de Centroamérica.
Se reúne ordinariamente con el Consejo del CCA cada
dos años.
Es el órgano que dentro del seno del CCA constituye
un equipo de coordinación y gestión,
conformado por una Presidencia, dos Vicepresidencias,
primera y segunda y un puesto de Vocal, cargos que
tendrán vigencia por un período de dos
años, pudiendo ser reelectos.
Las personas que ocuparán cargos en la Junta Directiva serán electas con base en lo que estipula el Reglamento Interno del CCA.
Si después de la primera elección resultara un empate entre más de dos candidaturas, se procederá a realizar la votación entre las dos personas que tuvieron la mayoría de los votos.
La Fundación Pro Consejo Centroamericano de Acreditación de la Educación Superior es un órgano de apoyo a la labor administrativa que realiza el CCA y que fue inscrita en el Registro Nacional de Costa Rica el 4 de noviembre de 2004.
Órgano ejecutivo de apoyo directo al Consejo, está integrada
por la persona que ocupa el cargo de Dirección Ejecutiva, quien
la dirige, y el personal profesional y técnico que se requiera
dentro de un marco de austeridad y eficiencia, pudiendo
ser removidos de sus cargos por el Consejo siguiendo el debido proceso.
La Secretaría Técnica opera conforme a su Reglamento de
Funcionamiento (el que será aprobado por el Consejo Centroamericano
de Acreditación de la Educación Superior).
Es el órgano consultivo del Consejo, se integra con la representación
de las universidades miembros del Consejo Superior Universitario Centroamericano,
universidades privadas suscriptoras y adheridas al Convenio, los Ministros
o Ministerios de Educación inscritos a nombre de la Coordinación
Educativa y Cultural Centroamericana, la Confederación de Entidades
Profesionales Universitarias de Centroamérica, tres estudiantes,
las agencias de acreditación de educación superior que
funcionen en la región, organismos reguladores de la educación
superior de los países Centroamericanos, el sector empleador de
los graduados universitarios y de expertos invitados.
El Foro se reunirá ordinariamente cada tres años.
Comisión permanente del Consejo, integrada por cinco personas. El Consejo Superior es responsable de elegir a sus miembros cada dos años. Pudiendo ser reelectos.
Las comisiones especiales se establecen para cumplir funciones ad hoc. Pueden ser disueltas al término del cumplimiento de su función.
Los designados deberán tener conocimientos y experiencia que los habilite en el puesto de acuerdo con las características de cada comisión especial.
Profesional encargado de auditar la contabilidad y la gestión administrativa del CCA y su Secretaría Técnica.
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